El matrimonio civil constituye un acto jurídico formal que requiere cumplir con ciertos requisitos establecidos por el Código Civil del Estado de Querétaro y por el Registro Civil local.
Estos requisitos garantizan que la unión se realice con plena validez, respetando derechos, obligaciones y la seguridad jurídica de los contrayentes. A continuación, se presentan los principales aspectos que se deben considerar.
1. Edad mínima y consentimiento
Ambos contrayentes deben tener 18 años cumplidos para contraer matrimonio civil.
En casos excepcionales, puede permitirse el matrimonio de menores de 18 años (pero no menores de 16), siempre que exista consentimiento judicial.
2. Documentación requerida
Para realizar el trámite ante la Oficialía del Registro Civil correspondiente al domicilio de los contrayentes, se deben presentar documentos en original y copia. Entre los más comunes se encuentran:
Documento | Quién lo presenta | Detalles / requisitos especiales |
---|---|---|
Acta de nacimiento | Ambos contrayentes | Debe estar vigente y expedida por el Registro Civil. |
Identificación oficial con fotografía | Ambos contrayentes | Vigente. Si el domicilio que aparece no corresponde al actual, presentar comprobante de domicilio. |
Análisis clínicos prenupciales (VDRL, VIH, u otros) | Ambos | Deben tener vigencia de 15 días antes de la fecha del matrimonio. |
Certificado médico | Ambos | Médico legalmente autorizado, que certifique que no padecen enfermedad incurable, contagiosa o hereditaria; vigencia también de 15 días antes del acto. |
Situación anterior (divorcio o viudez) | Si alguno fue divorciado o viudo | Presentar acta de divorcio o de defunción según corresponda. |
Testigos | Ambos contrayentes | Dos testigos por cada pretendiente; mayores de edad; con identificación oficial; deben conocer a los contrayentes; presencia y firma el día de la ceremonia. |
Pláticas prematrimoniales y orientación sobre derechos, obligaciones y violencia familiar | Ambos contrayentes | Estas sesiones se imparten antes de la ceremonia; forma obligatoria bajo lo estipulado por la ley local. |
En caso de extranjeros | Contrayente extranjero | Acta de nacimiento legalizada en país de origen, traducida al español por perito autorizado; credencial migratoria vigente; CURP si aplica. |
3. Plazos y presentación de la documentación
La documentación completa debe entregarse con anticipación; en muchos casos se solicita al menos 8 a 15 días antes de la fecha programada para el matrimonio.
Se debe agendar cita para la entrega de documentos y para programar la celebración del matrimonio civil a través del portal del Registro Civil municipal.
4. Costos según lugar, horario y modalidad
El costo varía dependiendo si la ceremonia es en oficina del Registro Civil o a domicilio, así como del día de la semana y la hora.
Ejemplos: en oficina, horario matutino de lunes a viernes, puede costar alrededor de 8.9 UMA (~$966 MXN), mientras que a domicilio, en horarios especiales o sábado por la tarde/noche, las tarifas se elevan significativamente.
5. Impedimentos legales
Según el Código Civil de Querétaro, hay ciertos impedimentos que no permiten el matrimonio, salvo dispensa judicial:
Ser menor de la edad mínima sin la autorización correspondiente.
Parentesco de consanguinidad directo (ascendiente, descendiente); en colateral también existen restricciones sin dispensa.
Contraer matrimonio civil en Querétaro requiere cumplir con reglas bien definidas: edad mínima, documentación oficial, exámenes médicos, testigos, pláticas prematrimoniales y pago del trámite. conocer estos requisitos con anticipación evita demoras, rechazos o complicaciones legales.
Es recomendable que quienes vayan a casarse revisen la oficialía de Registro Civil que les corresponde por domicilio, verifiquen tarifas actualizadas y agenden su cita con tiempo.