Autoridades estatales y municipales de Querétaro y Huimilpan dieron a conocer que no se podrán construir desarrollos inmobiliarios en zonas forestales siniestradas.
Lo anterior, derivado de los incendios forestales presentados en la zona metropolitana del estado de Querétaro.
El titular de la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SEDESU), Marco Antonio Del Prete Tercero, señaló que, en coordinación, los tres órdenes de gobierno, trabajan en el cuidado y protección de las áreas naturales.
Asimismo, se generan instrumentos de colaboración como los programas de manejo y se instalaron los consejos administradores de las zonas, mismos que cuentan con la participación de la ciudadanía y sus propietarios.
“En el caso específico de El Tángano, estamos realizando un dictamen técnico para determinar el grado del daño y una vez culminado ejecutaremos estrategias de restauración, tal como lo marca el Código Ambiental”, puntualizó el funcionario.
Del mismo modo, explicó que el cambio climático es una realidad y un ejemplo de ello son los incendios forestales, mismos que se han incrementado en todo el país y en el mundo de forma imprevista y acelerada, por lo que en Querétaro se actúa para dar respuestas y soluciones firmes y concretas.
El alcalde de Querétaro,!Felipe “Felifer”Macías, indicó que, como alcaldes, en colaboración con gobierno estatal y federal, trabajan coordinadamente para atender y responder a estas emergencias que afectan a las familias queretanas, al entorno y al medio ambiente; temas en los que es de suma importancia la participación de la población.
“Desde el municipio de Querétaro reiteramos, ni un solo cambio de uso de suelo de no urbanizable a urbanizable y blindaje total de nuestras áreas naturales protegidas y de conservación ecológica”, señaló.
A su vez, el l edil de Huimilpan, Jairo Morales aseguró que no habrá ni un solo cambio de uso de suelo en zonas de protección ecológica, lo cual hacen por convicción y porque así lo marcan las normas.
“La ley es la ley y la encargada del desarrollo forestal sustentable en su artículo 97 señala que no se pueden autorizar cambios de uso de suelo en terrenos forestales donde la pérdida de cubierta forestal fue ocasionada por incendio sin que hayan pasado 20 años”, finalizó.





















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