La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la responsabilidad de María Luisa Albores, entonces titular de la Secretaría del Bienestar, de Gabriel García Hernández, entonces coordinador de Programas para el Desarrollo del gobierno federal, y de otros 23 funcionarios públicos en una estrategia masiva para promocionar la imagen de Andrés Manuel López Obrador, usando recursos de programas sociales “para obtener ventajas indebidas” para los candidatos de Morena en la contienda electoral de 2019.
Los magistrados determinaron la responsabilidad de Albores, hoy secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de García Hernández “por la falta de cuidado sobre las acciones llevadas a cabo por ellos mismos respecto de actos indebidos de propaganda gubernamental constitutiva de promoción personalizada en favor del titular del Ejecutivo federal”.
De acuerdo con la denuncia inicial presentada en 2019 por el PRD, la estrategia consistió en la entrega de tarjetas bancarias a los beneficiarios del “Censo para el Bienestar” durante el periodo de transición e inicio del mandato del presidente López Obrador, portando uniformes con un estampado con las frases “Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México” y “Censo para el Bienestar”, violando la prohibición dispuesta en el Artículo 134 de la Constitución de utilizar la propaganda gubernamental y los recursos públicos para posicionar el nombre e imagen de otro servidor público.
“La forma como se entregaron los programas sociales –con vestimenta estampada y dedicatoria de Andrés Manuel López Obrador—, y su difusión en las redes sociales, tiene un impacto en todo el electorado, independientemente de que hubiese o no un proceso electoral en curso”, consideró el proyecto de la magistrada Janine Otálora, que fue aprobado por unanimidad en la sesión de este martes.
La Constitución Política prohíbe usar propaganda gubernamental y recursos públicos para beneficios particulares, tales como promover la imagen de algún funcionario. Esta conducta genera una ventaja indebida para el sujeto promocionado.
Antes, la Sala Especializada del TEPJF había atribuido responsabilidades a tres servidores públicos que participaron en estos actos y los difundieron en redes sociales, luego de que el PRD presentó una denuncia en contra de los llamados “servidores de la nación” y otros funcionarios de la Secretaría del Bienestar al considerar que quebrantaron el principio de imparcialidad con el uso indebido de los recursos públicos.









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